La Importación y sus impuestos

La Importación y sus impuestos

Como empresario importador debes saber perfectamente cuáles son los impuestos a los que tus mercancías pueden ser susceptibles y así, evitar multas de comercio exterior. Por ello, aquí te decimos aquellos que indica el Servicio de Administración Tributaria (SAT):

  • Impuesto al Valor Agregado (IVA): Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado, las personas físicas y morales que, en territorio nacional, importen bienes o servicios. El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala la Ley del IVA, la tasa del 16 %.
  • Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): Se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza y tabacos, principalmente. Así como sucede con el IVA, es un impuesto indirecto, es decir que los contribuyentes del mismo no lo pagan, sino que lo trasladan o cobran a sus clientes.
  • Impuesto General de Importación (IGI): Es el Impuesto General de Importación y está asociado a una fracción arancelaria. La fracción arancelaria se forma por 6 dígitos que sirven para clasificar un artículo al momento de su importación a nuestro país, y así saber cuánto paga de IGI.
  • Derecho de Trámite Aduanero (DTA): El Derecho de Trámite Aduanero se debe pagar por el uso o aprovechamiento de las instalaciones de las aduanas y por recibir los servicios que prestan las autoridades aduaneras en el despacho aduanero. Se cubre en las operaciones que se efectúan utilizando un pedimento o el documento aduanero correspondiente.
  • Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN): Es un impuesto especial a la enajenación de automóviles nuevos de producción nacional o de importación definitiva de coches del año o de modelos de hasta 10 años atrás. Se paga en la aduana juntamente con el Impuesto General de Importación.
  • Derecho de Almacenaje: Se pagarán derechos por el almacenaje de mercancías en depósito ante la aduana en recintos fiscales, después de vencidos los plazos que se establecen en el artículo 41 de la Ley Federal de Derechos. Las cuotas diarias de los derechos por el almacenaje, en recintos fiscales, de mercancías en depósito ante la aduana, son las establecidas en el artículo 42 de la Ley Federal de Derechos.